El derecho a la intimidad y los avances informáticos
El
desarrollo informático arrastra la aparición de serios peligros para la
intimidad del ciudadano en general, y del trabajador
en
particular, porque permite el conocimiento, almacenamiento y tratamiento de infinidad
de datos de una persona, que
ignora que
están siendo controlados, facilitando asimismo el conocimiento de
comportamientos, aficiones, creencias religiosas, orientación sexual
Como afirma
Segoviano Astaburuaga “este desarrollo del mundo cibernético representa un
peligro más para la intimidad, viéndose desbordadas sus formas clásicas de
protección jurídica por estas nuevas tecnologías en continuo avance
.
Esto hace
que se empiece a hablar de libertades de tercera generación, dada la evolución del derecho a la intimidad con las
tecnologías de la información y de la comunicación
(TIC).
El uso de
las TIC por los trabajadores en el puesto de trabajo se entiende como la labor que
se lleva a cabo por el trabajador utilizando los medios informáticos proporcionados por el empleador con el
exclusivo fin de desarrollar las tareas propias de la relación laboral. De esto se desprende que
el uso de estas nuevas tecnologías presenta tres dimensiones: espacial,
temporal y finalista.
La dimensión
espacial se refiere a que puede llevarse a cabo en los locales de la empresa o fuera de ellos, por ejemplo,
Con un ordenador
portátil entregado por el empresario. Una dimensión temporal, pues ese uso
puede realizarse dentro de la jornada de trabajo o fuera de ella. También
existe una dimensión finalista o teleológica, en la medida en que el uso de las
nuevas tecnologías puede producirse en desarrollo de las
tareas
propias de la relación laboral o para un fin exclusivamente particular del trabajador.
Los principales
problemas que se plantean son respecto al derecho de los trabajadores a la
utilización de los medios electrónicos propiedad de su empresario, de
los que disponen para efectuar su trabajo, en la
realización de actividades diferentes al trabajo (consultas a Internet de
carácter no laboral, utilización del correo electrónico para uso privado...)
Comentarios
Publicar un comentario